AL SERVICIO DE LOS IMPORTADORES DE MADERA
¿Por qué trabajar con AMA?
QUÉ ESTABLECE EL EUDR
«Los operadores ejercerán la diligencia debida de conformidad con el artículo 8 antes de introducir en el mercado o exportar los productos pertinentes […].»
La diligencia debida comprende, en particular:
Información y documentos → Evaluación del riesgo → Reducción del riesgo
La declaración DDS se basa en esta diligencia debida NO LA SUSTITUYE
AMA elabora un expediente creíble, independiente y utilizable.
AMA examina cada operación, contrasta las pruebas y entrega un expediente claro: lo que está establecido, lo que queda por aclarar y los elementos que respaldan las constataciones.
Lo que puede debilitar el expediente
El proveedor aporta los elementos. AMA los examina. El importador / operador toma sus decisiones y sigue siendo responsable de su declaración.
El importador europeo es el único cliente, mandante y pagador de AMA. Los proveedores y exportadores participan gratuitamente en las verificaciones: no remuneran a AMA ni le pagan comisiones. Esta separación financiera contribuye a preservar la independencia de las verificaciones y a prevenir los conflictos de interés.
El expediente está entregado. Nuestra experiencia sigue disponible.
En caso de control o solicitud posterior, AMA sigue disponible sin límite de tiempo para aportar aclaraciones documentales sobre una operación ya instruida, dentro del alcance estricto de la misión inicial.
Estas aclaraciones se refieren a los documentos examinados, las verificaciones realizadas, las constataciones, las reservas y las conclusiones recogidas en el expediente de auditoría. Permiten al importador comprender y explicar mejor los elementos en los que se basó el análisis de AMA.
Un ejemplo de control posterior
De la operación al control
Expediente entregado y DDS presentada
AMA entrega un expediente estructurado y utilizable. El operador presenta su DDS sobre la base de su diligencia debida.
Operación terminada, expediente conservado
La madera se importa y posteriormente se comercializa. El expediente y sus pruebas se conservan según las modalidades previstas para la misión.
Control posterior
Se realiza un control. El inspector cuestiona la existencia de un aserradero mencionado en la cadena de suministro.
Reapertura del expediente y aclaraciones
AMA retoma el expediente
Según los elementos conservados y las modalidades acordadas, AMA puede recuperar los documentos, las fuentes y las verificaciones realizadas en el momento de la operación.
Se establece la cronología
Los elementos muestran que el aserradero existía en el momento de la exportación y que cesó su actividad ocho meses después.
Aclaraciones en cualquier momento
AMA sigue disponible, sin límite de tiempo, para explicar las verificaciones, las constataciones y las conclusiones de una operación ya instruida, dentro del alcance de la auditoría inicial.
El EUDR es un reglamento, no una certificación. AMA ayuda al importador a documentar y estructurar su proceso de diligencia debida; el importador / operador sigue siendo responsable de sus decisiones y de su declaración. AMA no emite certificaciones EUDR.